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Obispo de San Ignacio de Velasco advierte sobre condiciones deficientes en las cárceles del país

Prensa CEB 22.09.2025. Mons. Robert Flock, obispo de la Diócesis de San Ignacio de Velasco, publicó una columna de opinión en la que reflexiona sobre el uso de la prisión preventiva en Bolivia, afirmando que, en lugar de prevenir la justicia, esta medida cautelar en realidad la obstaculiza y se convierte en un instrumento de persecución política.

En su escrito, Mons. Flock señala que la prisión preventiva ha generado un alarmante hacinamiento carcelario, con más del 80% de los internos en esta situación, lo que ha llevado a condiciones que califican como tortura y violaciones a los derechos humanos, según el reciente informe de la Defensoría del Pueblo. Destaca especialmente el impacto desproporcionado en las mujeres privadas de libertad, así como las deficientes condiciones de las prisiones, la falta de atención médica, aislamiento y malos tratos.

A continuación el artículo de opinión publicado en el matutino “El Día”

LA PRISIÓN PREVENTIVA

«Trata de llegar enseguida a un acuerdo con tu adversario, mientras vas caminando con él.

No sea que el adversario te entregue al juez, y el juez al guardia, y te pongan preso.

Te aseguro que no saldrás de allí hasta que hayas pagado el último centavo.»

(Mateo 5,25)

En Bolivia, la única cosa que la prisión preventiva previene es la justicia. Como medida cautelar, su verdadera finalidad es obligar al infortunado a pagar interminables coimas para sobrevivir y salir libre. Como medida de persecución política ha sido muy eficaz, la esencia del Estado Policial. No sorprende que quienes se benefician de este sistema bloquearon el intento de Reforma Judicial vía Referéndum Constitucional.

En el 2015 escribía Ramiro Orias: “En Bolivia, durante la última década, mientras se duplicó la población carcelaria, el número de los presos sin condena se ha triplicado. Esto ha generado además una situación de hacinamiento en las cárceles cercano al 300% de su capacidad instalada”. Observa que “más del 80% de la población encarcelada, lo está por prisión preventiva.” https://dplf.org/prision-preventiva-en-bolivia/

Actualmente la población encarcelada de Bolivia supera las 32,000 personas, según la Defensoría del Pueblo, cuyo trabajo saludamos, publicado en su reciente “Informe Anual del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura de Bolivia” (MNP-Bolivia) en su tercer año de funcionamiento y disponible en su página web: https://www.defensoria.gob.bo/…/informe-anual-2024-mnp….

En el documento de 132 páginas la palabra “tortura” o sus derivados aparece 191 veces, “Castigo” o “Castigos” 60 veces. Básicamente, las condiciones carcelarias en Bolivia de por sí constituye una situación de tortura y malos tratos, en violación de cualquier consideración por los Derechos Humanos de los Privados de Libertad (PPLs).

Típicamente las celdas de castigo no cuentan con baños ni ventilación. Se sufre por hacinamiento y condiciones antihigiénicas. Y para todo se tiene que pagar.

Los llaman eufemísticamente: Centros de Rehabilitación. Son escuelas de delincuencia mayor. Los profesores son aquellos policías, abogados, fiscales y jueces que exigen un sinfín de agilizaciones para avanzar las causas, o para simplemente sobrevivir. Maestros son también los antiguos presos que ya aprendieron cómo defenderse con o sin violencia, droga y contrabando.

“La detención preventiva afecta desproporcionadamente a las mujeres en Bolivia, con un 70.9% de PPLs en esta situación, frente al 63.3% de los hombres.”.

“El 29% de las internas entrevistadas ha sido aislada por infracciones como consumo de alcohol, drogas o uso de celulares; de éstas, el 63% reportó sanciones de cinco a 10 días. Además, el 90% indicó no recibir atención médica y el 94% careció de apoyo psicológico durante este tiempo. Factores como infraestructura deficiente, sobrepoblación, mala alimentación y limitada atención en salud agravan estas condiciones, que, según el relator de la ONU sobre tortura, Nils Melzer, pueden equivaler a tratos inhumanos”.

No existen lugares para personas con graves problemas psicológicos que sean un peligro para otros privados de libertad.

Acaso lo que llamamos “Justicia”, ¿no es más bien crimen organizado?

Pienso que la prisión preventiva debería ser limitado para criminales violentos y los capos del narcotráfico, trata y tráfico, violación, abusos sexuales, y cosas por el estilo. Debe haber una total separación entre presos con sentencia condenatoria y personas con prisión preventiva. Y si la Justicia no resuelve el caso en el plazo indicado, no debe haber más trámite para salir que contar los días encerrado.

En su parábola del Juicio Final, Jesús incluyó en la lista de motivos para el castigo eterno: «estuve preso y no me visitaron» (Mt 25,43). En cambio, para la herencia del reino indica: «estuve preso, y me vinieron a ver» (25,36). ¿Qué dirá de quienes encarcelan a otros y luego se olvidan de ellos?

Al aconsejarnos a llegar a un acuerdo mientras vamos caminando con el adversario, en realidad, no estaba dando un simple consejo para no caer en la desgracia de la dura Justicia Romana, o de nuestra despiadada Justicia Boliviana. Hablaba de la Justicia Divina. El Adversario es nada menos que Dios, quien delega esta función al Hijo Resucitado, el Justo Juez.

«No teman a los que matan el cuerpo, pero no pueden matar el alma. Teman más bien a aquel que puede arrojar el alma y el cuerpo a la Gehena.» (Mt 10,28; Lc 12,4-5).

Tenemos que llegar a un acuerdo con Jesucristo, Juez de vivos y muertos, mientras estemos por el camino. Y quienes abusan de la prisión preventiva, peligran este acuerdo y, por consiguiente, su propio acceso a la vida eterna.

Ojalá,

Dios te bendiga.

Mons. Roberto Flock

Obispo de San Ignacio de Velasco – Columnista

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